LEX MIGRATIO · Menores y Unificación Familiar

¿Necesita asesoría jurídica para la salida de su hijo o hija del país?

Asesoría jurídica para estructurar el permiso de salida de menores de Colombia, y para garantizar el acceso a salud y educación de niños, niñas y adolescentes migrantes.

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Salida de Menores

El problema

Un permiso de salida mal elaborado puede impedir el viaje del menor

El Art. 110 de la Ley 1098 de 2006 (mod. Ley 1878/2018) y el Art. 2.2.1.11.6.1 del Decreto 1067 de 2015 exigen que, cuando un menor no viaja con ambos padres, quien no lo acompaña suscriba un permiso de salida autenticado ante notario o autoridad consular, con destino, propósito, fecha de salida y fecha de regreso.

Cuando un padre está ausente, es de paradero desconocido, falleció o se niega a firmar, el permiso debe tramitarse ante el Defensor de Familia (ICBF), el Comisario de Familia o Inspector de Policía (donde no haya Defensor de Familia), o un Juez de Familia si hay desacuerdo entre los padres.

El Oficial de Migración verifica rigurosamente el permiso en el puesto de control: si hay inconsistencias que no se puedan validar o falta información obligatoria, se niega la salida del menor hasta que se subsane.

Riesgos jurídicos

Errores frecuentes en el permiso de salida

Permiso no autenticado ante notario o autoridad consular, o sin apostilla/traducción si se firmó ante autoridad extranjera.

Falta el Registro Civil de Nacimiento del menor para acreditar la filiación.

El documento no indica destino, propósito o fechas de salida y regreso.

No se gestiona el permiso ante el Defensor de Familia, Comisario o Juez de Familia cuando un padre está ausente, es desconocido o hay desacuerdo.

Documentos con indicios de alteración pueden derivar en judicialización de los adultos responsables por falsedad documental.

Metodología

¿Cómo estructuramos el permiso de salida?

1

Verificación de documentos

Registro Civil de Nacimiento y documentos de identidad del menor y de los padres.

2

Identificación de la situación

Define si viajan ambos padres, uno solo, un tercero, o el menor viaja solo.

3

Redacción del permiso

Elaboración del documento con destino, propósito y fechas de viaje.

4

Autenticación

Firma ante notario en Colombia o consulado colombiano en el exterior.

5

Casos especiales

Gestión ante Defensor de Familia (ICBF), Comisario de Familia o Juez de Familia si un padre está ausente, es desconocido, falleció o hay desacuerdo.

6

Verificación previa al viaje

Revisión de que el permiso cumple los requisitos exigidos en el puesto de control migratorio.

Preguntas frecuentes

Preguntas sobre salida de menores

¿Cuándo aplica?

Casos en los que aplica

  • Va a viajar con su hijo o hija y uno de los padres no viaja.
  • El otro padre está ausente, es de paradero desconocido o se niega a firmar el permiso.
  • Uno de los padres falleció y necesita tramitar el Registro Civil de Defunción para el proceso.
  • Su hijo o hija es venezolano/a con PPT y necesita salir del país.
  • Necesita matricular a su hijo o hija en el sistema educativo colombiano (SIMAT).
  • Su hijo o hija requiere atención médica y tiene estatus migratorio irregular.

Solicite una evaluación jurídica preliminar

Cuéntenos los detalles del viaje o la situación de su hijo o hija. Le indicamos qué documentos necesita.

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